Se habilitó un registro que permite el autocultivo

El gobierno aprobó  Sistema de Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), el cual preve el registro de los usuarios de cannabis que posean plata o derivados para “como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado”.

El registro permite la venta de aceite en las farmacias y la posesión de plantas para fomentar el “el acceso seguro, informado y con el debido acompañamiento médico a productos derivados de la planta del cannabis”.

Para acceder al registro deben entrar a la web: https://reprocann.salud.gob.ar/»>https://reprocann.salud.gob.ar/

Allí se indica que “para pacientes que necesiten solicitar autorización al cultivo controlado con fines medicinales y/o terapéuticos, personas o entidades que necesiten cultivar para un tercero y para profesionales de la salud que necesiten certificar a sus pacientes”.

A los solicitantes se les otorgará un certificado de autorización, que bastará “como prueba fehaciente y autosuficiente del cumplimiento de las condiciones establecidas durante el plazo de vigencia de un año desde la fecha de emisión”. 

La cantidad de plantas está regulada por el ente, la cual es de:

• Cantidad de plantas florecidas: entre 1 y 9

• Cantidad de metros cuadrados cultivados: hasta 6m2.

• Condición de cultivo: interior

• Condición de cultivo exterior: No está permitido.

• Transporte: entre 1 y 6 frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores secas

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